Topes al Reparto de Utilidades aplicables desde ¡ya!

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La reforma laboral, publicada el 23 de abril contempla además de la eliminación de la subcontratación nuevos topes al pago de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas (PTU) en virtud del cual el monto de la participación de utilidades tendrá como límite máximo tres meses del salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años; debiendo aplicarse el monto que resulte más favorable al trabajador.

Esta modificación particular entró en vigor al día siguiente de su publicación y por ello los empleadores podrían pagar la PTU correspondiente al ejercicio 2020 conforme a los topes arriba mencionados. No pasa inadvertido que estamos refiriéndonos a las utilidades del ejercicio fiscal del 2020, sin embargo la obligación de pago es exigible a más tardar el último día de mayo, y los límites mencionados no son para su cálculo sino para su pago y por tanto se trata ya, de derecho aplicable.

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Jorge SalesTopes al Reparto de Utilidades aplicables desde ¡ya!