Inversión extranjera y empleo en México, ¿se están volviendo más simples?

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Expansión
Es de esperarse que al amparo del T-MEC la mano de obra sindicalizada, en ambos lados de la frontera, ejercerá una presión para que se cumplan tecnicismos laborales, señalan Jeremy Roth y Jorge Sales.
Jeremy Roth y Jorge Sales Boyoli
mar 15 junio 2021 05:00 AM
(Expansión) – Históricamente, y en especial, con la aprobación del TLCAN en 1994, las empresas estadounidenses (y las empresas globales en general) reconocieron que la mano de obra calificada, relativamente menos costosa, y geográficamente conveniente en México, brindaba la oportunidad de expandir sus cadenas de suministro, trasladando así los costos más bajos a los clientes de todo el mundo y continuar impulsando sus funciones de soporte de servicio y fabricación de calidad. Es probable que 25 años después pensemos que “ni el paraíso prometido ni el infierno diagnosticado”.

Quizá, una de las diferencias sustanciales entre los dos mercados laborales sea que, mientras que la legislación del trabajo en Estados Unidos generalmente se enfoca en cómo operar eficientemente (y legalmente) un negocio rentable, la ley laboral de México generalmente se enfoca en los derechos del trabajador.

Conceptos simples como los esquemas de indemnizaciones por despido en ambos países dan muestra de las diferencias radicales entre ambos sistemas; otro ejemplo es la expedición de un poder notarial: en Estados Unidos es un proceso ministerial bastante rutinario; en México lo hacen (solo) los mejores, más experimentados y conocedores abogados del país.

Pero entonces… ¿cómo afectan al mercado laboral global ya los empleadores los dos cambios que en México y el T-MEC se han producido recientemente? Nos referimos a:

1) La implementación de las disposiciones laborales en el USMCA (T-MEC) por las que un país miembro, por iniciativa de un empleador, sindicato o individuo, que “presuma” una violación de los mandatos de la ley laboral del Tratado, puede iniciar un complejo proceso de reclamaciones, y

2) El reciente cambio en la legislación laboral y fiscal mexicana para erradicar prácticamente todas las formas de “subcontratación”. Estas dos leyes aparentemente no relacionadas han cambiado el mercado laboral para los empleadores globales que operan en México.

USMCA / T-MEC

Como ha sido visto por la actividad reciente en ambos lados de la frontera, Estados Unidos y México ven claramente que las disposiciones laborales del Tratado permitirán que las “partes interesadas” intenten ejercer influencia sobre los empleadores y sus inversiones. La Administración Biden (y la Administración Trump que firmó el Tratado) han manifestado de múltiples formas su inquietud con una relación comercial donde los costos laborales son significativamente más bajos en México que en Estados Unidos (el salario mínimo en México puede ser hasta 700% más bajo que el de Estados Unidos).

Nuestro vecino del Norte ha perdido empleos por múltiples causas y algunos de esos trabajos se han desplazado a México, precisamente porque los salarios son más bajos, así México logró ventajas competitivas sobre la base de salarios bajos y un sindicalismo en no pocos casos, inactivo.

Es de esperarse que al amparo del T-MEC la mano de obra sindicalizada, en ambos lados de la frontera, ejercerá una presión adicional sobre los patrones para que cumplan con todos los tecnicismos laborales del Tratado. Anticipamos que grupos aún más pequeños de empleados insatisfechos, tal vez incluso un individuo particularmente “expresivo”, pronto conducirán a un flujo constante de quejas sobre los empleadores que operan en México.

A veces estas quejas estarán motivadas por la pura intención de un trato justo; otras veces predecimos que la motivación subyacente será de origen más político o incluso empresarial competitivo. En la medida en que aún no lo hayan hecho, es prudente que los empleadores involucren a sus asesores laborales en una discusión estratégica sobre cómo está representada su fuerza laboral, si es un sindicato inactivo que debería activarse, si no hay sindicato, o incluso si existe una agrupación sindical activa.

Las consecuencias de ignorar cualquier problema sobre el tema no solo impactan a los sindicatos; tendrán un gran impacto financiero y de reputación en el empleador global.

Outsourcing

La aprobación de la prohibición de la subcontratación, publicada el 23 de abril de 2021, y su entrada plena en vigor del próximo 1 de agosto de 2021, como consecuencia de importantes abusos, han cambiado por completo el panorama de los empleadores para las empresas en México.

Si bien la mayoría de las empresas globales operaba legalmente (y presumiblemente pagaba sus impuestos) bajo la ley anterior, la nueva prohibición exigirá que cada empresa distraiga un tiempo significativo, en consulta con sus asesores laborales y fiscales, definiendo y articulando de manera más estricta su “objeto social” para garantizar que todas las funciones auxiliares fuera de ese propósito, se suspendan o se transfieran a proveedores externos de servicios especializados registrados.

Esos proveedores de servicios especializados deben asegurarse que avanzan rápidamente en su propio proceso de registro. Este cambio no se trata solo de cambiar el objeto social; en muchas empresas significa registrar nuevos documentos, deshacerse de ciertas funciones, trasladar a los empleados a nóminas corregidas con impactos en la seguridad social y, en última instancia, no solo para garantizar su propio cumplimiento, sino también para garantizar el de sus proveedores. Existen estimaciones sobre el aumento del costo neto para los empleadores por la implementación de este nuevo marco jurídico de entre un 20% y 25%.

Como puede apreciarse, este cambio va en serio… las empresas globales que operan en el país deben reunir a sus asesores corporativos, laborales y fiscales para sentarse con la gerencia a fin de determinar rápidamente “qué se queda, qué se va” y qué se registra. ¡Los abogados laborales en el país nunca han estado tan ocupados! (Y los tributarios no se quedan atrás).

Si un empleador global está “esperando que cambie la legislación laboral” en México, es poco probable que eso suceda en el corto plazo, incluso con las elecciones de la semana pasada y lo que se puede suponer una cierta ralentización en las próximas leyes.

¿Vale la pena seguir invirtiendo en el mercado laboral mexicano?

¡Sin duda!… Los trabajadores en México son una mano de obra calificada, comprometida y de altos niveles de desempeño; los empleadores que operan a escala mundial de forma rutinaria y regular se hacen esta pregunta en todos los países en los que tienen inversiones, pero los empleadores inteligentes saben que esperar sentados y lamentarse por los desafíos que se enfrentan, no hace que el negocio avance.

Con la atención adecuada a la estrategia corporativa, tributaria y laboral, y el nivel adecuado de compromiso con los asesores legales del empleador global, las empresas pueden seguir navegando por los impactos de estos dos grandes retos de cumplimiento legal. Estas importantes reformas constituyen una oportunidad única para un mercado laboral mexicano “homocéntrico”.

Nota del editor: Jeremy Roth es el más reciente ex presidente de Littler Mendelson, P.C. y Littler Global. Jorge Sales Boyoli es socio de Littler Mexico , SC. Las opiniones publicadas en esta columna pertenecen exclusivamente a los autores.

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