Pensiones IMSS interpretación de las reglas para su actualización

Loading Agregar a favoritos

En ese sentido expresó la Corte, debemos considerar que el año calendario es el que corresponde del uno de enero al treinta y uno de diciembre, por lo que para efecto del cálculo del índice anualizado, deben considerarse únicamente los índices que corresponden a los meses de enero a diciembre del año que concluye; esto es, la publicación realizada en el mes de febrero que corresponde al índice de enero del mismo año, hasta la diversa publicación de enero del año siguiente, que es la relativa al índice del mes de diciembre del año anterior.

Ver publicación Seminario Judicial de la Federación

Loading Agregar a favoritos
Jorge SalesPensiones IMSS interpretación de las reglas para su actualización