Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes sustentaron criterios contradictorios al analizar si, cuando se reclama la devolución de los recursos de las diversas subcuentas de una persona que aduce ser pensionada, es necesario presentar la resolución de otorgamiento de pensión emitida por el IMSS.
Nuevo Criterio Obligatorio para todo México: Para exigir la devolución de recursos de subcuentas, se debe exhibir la resolución del IMSS en la que se otorgó la pensión.

