Laboral o penal, ¿cuál es la vía para denunciar las jornadas de trabajo excesivas?

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Una vez publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la reforma a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, entró en vigor en junio de este año, entre las modificaciones se incorporaron las jornadas de trabajo superiores al máximo legal establecido en la Ley Federal del Trabajo (LFT) como un delito.

En ese sentido, la Ley Federal del Trabajo establece un límite legal de 48 horas semanales, y posterior a esto, el tiempo extraordinario no puede exceder las nueve horas por semana.

De esta manera, los horarios de trabajo que superen el máximo de tiempo extraordinario considerado en la LFT, pueden ser considerados como un delito de trata de personas. Aquí te decimos cuál es el proceso para denunciarlo:

Dos vías de denuncia

Para Diego García Saucedo, socio director de García Velázquez Abogados, hay dos vías para denunciar la explotación laboral: la primera es hacer una denuncia ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) para que su dirección de inspección haga una visita, sobre todo de las condiciones generales de trabajo.

“Esto, primero para acreditar que no existe la formalidad de la estipulación de las jornadas, porque evidentemente cuando hay una jornada excesiva, pues no están pagando horas extras, seguramente no hay un contrato individual de trabajo estipulado por escrito y en manos de ambas partes, y todas son violaciones a la legislación, de lo cual derivarán las multas”, explica.

Los trabajadores pueden reportar a la STPS de manera anónima vulneraciones de derecho al correo electrónico [email protected], compartiendo el motivo de denuncia, el nombre de la empresa, la dirección, entre otros datos que ayuden a la dependencia a analizar el caso. Esto puede derivar en una inspección extraordinaria.

Durante el acto de inspección, se puede dar vista al Ministerio Público por posible comisión de delitos contemplados en esta Ley General. “De tal manera que habría multa por el lado de la STPS, que posteriormente le llegara al patrón, toda vez que se detectaron esas violaciones a la legislación laboral”, refiere el socio director de García Velázquez Abogados.

Por otra parte, al dar aviso al Ministerio Público se toma la segunda vía: la laboral-administrativa por parte de la Secretaría del Trabajo; y por el otro lado, el acuerdo penal que se tramita ante el Ministerio Público, quien abrirá una carpeta de investigación por la posible comisión del delito de explotación laboral.

Al abrir esta carpeta se van a solicitar diversos medios de prueba, para que el Ministerio Público de la Fiscalía investigue el caso, una de ellas, y que será medular, será el resultado de esas inspecciones laborales.

“Con base en esto, en que existe una actuación de una autoridad de la Secretaría del Trabajo donde se verificó que sí existen violaciones a la legislación laboral y que se cometen abusos contra las personas, entonces se solicitará que se haga una denuncia penal”, señala Diego García Saucedo.

Acompañamiento del Consejo Ciudadano

Salvador Guerrero Chiprés, presidente del Consejo Ciudadano para la Seguridad y Justicia de la Ciudad de México, afirma que la entrada en vigor de esta reforma ayuda a tener sanciones y penas mayores para quienes incurren en delitos de explotación laboral.

“Es importante que se incrementen las acciones que permitan generar la impresión de que se puede erradicar la impunidad, que se fortalezca el marco normativo”, dice.

En este tenor, el Consejo Ciudadano es otra instancia que puede dar acompañamiento a las personas víctimas de delitos de explotación laboral a través de la línea telefónica 800-5533-000.

“Nosotros podemos ayudar con la guía o con el acompañamiento al Ministerio Público a las familias o personas que dan testimonio para denunciar casos de explotación laboral”, comenta.

Explotación laboral de niños, otro delito a seguir

Uno de los delitos de trata de personas con fines de explotación laboral es el trabajo infantil. Salvador Guerrero Chiprés pide no perder de vista esta situación y reportarla a la línea telefónica de la organización.

El Consejo Ciudadano es parte de una academia de auxilio y colabora con el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) nacional y su sistema de procuradurías, con el DIF local, con la Fiscalía General de Justicia en la Ciudad de México y otras instancias que garantizan la protección de la niñez.

Sin embargo, agregó que es importante conocer todo el contexto, la situación en la que viven muchas familias, esto es que 33% de las familias está sostenida solamente por la mamá.

“Entonces hay ocasiones en que la mamá está abrumada por cuestiones económicas y pide a los niños que la ayuden, puesto que no hay papá, abuelito, no hay nadie más”, comparte.

El 34% de los reportes que recibe el Consejo Ciudadano de todo el país, provienen del trabajo ilegal infantil en las calles, entonces es ahí donde está el problema central, dice Salvador Guerrero Chiprés.

En general nosotros creemos que esta decisión fortalece el marco normativo, pero ahora hay que fortalecer la capacidad institucional, afirma.

En el Diario Oficial de la Federación (DOF) se publicó esta reforma a la ley que endurece las medidas para no hacer que trabajen jornadas excesivas. Se encuentra en el artículo 21, Fracción IV.

Descarga aquí el decreto del DOF

 

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Jorge SalesLaboral o penal, ¿cuál es la vía para denunciar las jornadas de trabajo excesivas?