Jorge Cano
Periódico Reforma, p. 3
El principal error de las empresas que buscan prestar servicios especializados al realizar su registro es que sus servicios no concuerdan con su objeto social, aseguró la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
A partir del mes de agosto quedará prohibida la subcontratación de personal, por lo que las personas fisicas o morales que quieran prestar servicios especializados deberán de registrarse en el Registro de Prestadores de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE).
“Ha habido muchos errores en que las actividades que se van a registrar sean aquellas que están en el objeto social de la empresa. Hemos visto muchas empresas que pasan todo bien, pero a la hora de registrar, registran actividades que no están en su objeto social”, aseguró Alejandro Salafranca, titular de la Unidad de Trabajo Digno de STPS.
Durante un evento organizado por la Procuraduría para la Defensa del Contribuyente (Prodecon), explicó que el registro de actividades debe de ser literal conforme a las actas constitutivas de la empresa o el registro ante el SAT.
Este proceso de revisión se lleva a cabo por funcionarios de la STPS, por lo que el rechazo de un registro ante el REPSE se da luego de cotejar distintos documentos probatorios.
Además, Salafranca explicó que el cumplimiento de obligaciones fiscales con el SAT, IMSS e Infonavit se realiza de forma automatizadas, por lo que no es posible solucionar problemas directamente en la plataforma

