28 septiembre 2026
WASHINGTON – Estados Unidos y México anunciaron hoy la resolución satisfactoria del asunto del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida (MRR) específico para la planta de Akwel Juárez México, S.A. de C.V. (Akwel o la empresa), ubicada en Ciudad Juárez, Chihuahua, México, en virtud del Tratado entre Estados Unidos, México y Canadá (T-MEC). En dicho caso, los trabajadores alegaron que se les había negado previamente su libertad de asociación y sus derechos de negociación colectiva. Estados Unidos y México acordaron un plan de acción para subsanar las violaciones laborales ocurridas en la planta, incluyendo la interferencia del empleador en la actividad sindical y los despidos de trabajadores en represalia. Dicho plan ya se ha implementado y se han subsanado las vulneraciones de derechos planteadas en nuestra solicitud de revisión. En consecuencia, el Representante Comercial de Estados Unidos ha instruido al Secretario del Tesoro para que reanude la liquidación de las importaciones pendientes de la planta.
Las medidas adoptadas por la planta para abordar el asunto incluyen:
- La reincorporación de tres trabajadores con el pago retroactivo completo y las prestaciones, y el pago de la indemnización completa a seis trabajadores, según sus preferencias. Reestructurar la gestión de recursos humanos y relaciones laborales, y aplicar las medidas disciplinarias pertinentes contra el personal que viole la libertad de asociación y el derecho a la negociación colectiva de los trabajadores;
- Implementar y capacitar a todo el personal de la empresa sobre su declaración de neutralidad y las directrices relativas a la libertad de asociación y la negociación colectiva, incluyendo una política de tolerancia cero ante las violaciones, y comprometerse a realizar una recapacitación anual;
- Informar a los trabajadores sobre la negación de derechos en las instalaciones mediante reuniones y la publicación de avisos para reconocer las prácticas ilícitas e injerencistas de Akwel y reafirmar la intención de la empresa de respetar los derechos de los trabajadores en el futuro;
Establecer y difundir un mecanismo de quejas a través del cual los trabajadores puedan denunciar violaciones de sus derechos e incumplimientos de las políticas de la empresa de forma anónima y confidencial; y - Mantener en el sitio web de la empresa y en cualquier plataforma de comunicación interna la declaración de neutralidad y las directrices, el convenio colectivo, los materiales de capacitación y la información sobre los mecanismos de quejas mantenidos por la empresa y el Gobierno de México, de manera que la información sea fácilmente accesible para los trabajadores.
Las medidas adoptadas por México para abordar el asunto incluyen:
- Supervisar el centro en cuanto a las obligaciones del proceso de remediación y el cumplimiento de las leyes mexicanas relativas a la libertad sindical y la negociación colectiva;
- Realizar capacitaciones presenciales estructuradas para asegurar que todos los trabajadores comprendan su derecho a la libertad sindical y la negociación colectiva y cómo ejercerlo, incluyendo la información sobre la denegación de derechos en el centro y la capacitación sobre el proceso de conciliación disponible para cualquier trabajador despedido;
- Realizar capacitaciones separadas sobre derechos laborales para supervisores, personal de recursos humanos y relaciones laborales, y otros funcionarios de alto nivel y de confianza;
- Mantener una dirección de correo electrónico directa, una plataforma de denuncia y una línea telefónica para que los trabajadores puedan denunciar de forma anónima cualquier posible acto de injerencia ilícita u otras violaciones de los derechos a la libertad sindical y la negociación colectiva, e investigar oportunamente cualquier denuncia; e
- Imponer sanciones, de conformidad con la ley mexicana, incluyendo multas, a Akwel por violar las leyes mexicanas relativas a la libertad sindical y la negociación colectiva.
Antecedentes
El Representante Comercial de los Estados Unidos y el Secretario de Trabajo copresiden el Comité Interinstitucional de Monitoreo y Aplicación de la Ley Laboral (ILC). El 24 de octubre de 2024, el ILC recibió una petición de Mecanismo de Revisión de Derechos (RRM, por sus siglas en inglés) del Sindicato Nacional de Trabajadores y Empleados Especializados, Conexos y Similares de la República Mexicana (SINATAM), un sindicato mexicano, junto con diez trabajadores como firmantes. La petición alegaba que Akwel había violado el derecho de los trabajadores a la negociación colectiva y a la libertad de asociación al negarse a negociar un convenio colectivo con el sindicato peticionario, despedir a trabajadores por su afiliación sindical y amenazarlos y acosarlos para desalentar su actividad sindical. El ILC revisa las peticiones de RRM que recibe, junto con la información adjunta, en un plazo de 30 días. El ILC determinó que existían pruebas suficientes y creíbles de una denegación de derechos que justificaban la aplicación de los mecanismos de ejecución de buena fe.
En consecuencia, el 22 de noviembre de 2024, Estados Unidos solicitó a México que revisara el asunto. México accedió a realizar la revisión y, el 6 de enero de 2025, concluyó que se había producido una denegación de derechos en la instalación. Posteriormente, Estados Unidos y México acordaron un plan de remediación. La fecha límite para dicho plan era el 31 de enero de 2026. Estados Unidos supervisó de cerca el cumplimiento del plan de remediación.
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