El Tribunal Colegiado determinó que corresponde a la persona moral demandada la carga de la prueba cuando niega lisa y llanamente la relación laboral y puntualiza que no tiene trabajadores a su servicio.
Obligatoria CDMX Negativa lisa y llana de la relación laboral, ya no siempre, corresponde la carga al trabajador
10 julio, 2023