El convenio de terminación de la relación laboral celebrado fuera de juicio, ratificado y sancionado por el auxiliar de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, en sustitución del presidente, junto con los integrantes de dicha autoridad laboral y el secretario de Acuerdos que autoriza y da fe, tiene plena eficacia jurídica.
Obligatoria en CDMX, eficacia de convenios aún sin presencia del Presidente de la JCYA
10 junio, 2024