La Secretaría de Trabajo y Previsión Social publicó la Guía para cumplir con las obligaciones en materia de registro en el REPSE en el marco de la reforma en materia de Subcontratación para las personas físicas o morales que ejecuten servicios u obras especializadas. Deberán llevar a cabo su registro las personas físicas o morales
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Conoce y utiliza nuestro checklist para el registro de empresas especializadas
La Ley Federal del Trabajo en su artículo 15 establece que las personas físicas o morales que proporcionen servicios especializados o ejecuten obras especializadas deben contar con un registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
¡Reforma outsourcing! Se publican reglas para el registro de empresas especializadas
Acuerdo por el que se dan a conocer las disposiciones de carácter general para el registro de personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas a que se refiere el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo.
Registro de personas que prestan Servicios u Obras Especializadas
¿Quién? Servicios u obras complemementarias o compartidas en mismo grupo empresarial Personas Físicas o Morales (Contratista) ( Servicios u Obras especializadas) Proporcionen o pongan a disposición trabajadores ¿Qué? Requisitos (Artículo 8): 1. Firma electrónica vigente 2. Nombre, denominación o razón social 3. Nombre comercial 4. Entidad Federativa 5. Registro Federal de Contribuyentes 6. Domicilio 7. Geolocalización 8. Teléfono,