¿Es válido despedir a un empleado después de que le dió un infarto?

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El cese de Pablo Laso como entrenador del equipo de baloncesto del Real Madrid podría haberse complicado; al final llegaron a un acuerdo.

El debate surgido esta semana sobre la cuestión ha aglutinado, en síntesis, tres posturas entre los expertos. En un primer frente se encuentran aquellos que defienden que el club hubiese estado legitimado para cesar al entrenador en contra de su voluntad, habida cuenta del alto nivel de estrés y exposición que exige el cargo. Según esta tesis, el Real Madrid puede curarse en salud y prescindir del técnico ante el miedo de posibles recaídas. En un segundo flanco, hay quien alega que un infarto no es un motivo suficiente para un despido.

En una tercera opción se sitúan aquellos que dan un paso más allá y defienden que el cese del técnico vasco habría sido discriminatorio. Por esta vía, un juez podría obligar al Real Madrid a reinstalar al entrenador en las mismas condiciones y, además, a indemnizarlo por los daños morales sufridos.

Hay quienes defienden que el relevo forzoso del entrenador madridista habría sido discriminatorio por estar basado en “la apariencia de que su dolencia pueda resultar incapacitante”. “El Real Madrid no tendría informes que avalen dicha discapacidad más allá de las valoraciones subjetivas del club y sus médicos. Esa apariencia de despido por discapacidad sería discriminatoria y vulneraría el derecho a la igualdad, que es un derecho fundamental, y por eso el despido sería nulo”.

Lo cierto es que no sería la primera vez que un juez tumba un despido bajo este paraguas. En 2021, sin ir más lejos, el Tribunal Superior de Justicia de Galicia revocó el cese de un conductor de mercancías que sufrió un accidente y, tras recibir la visita de su jefe en el hospital, fue despedido pocas horas después por la aparente gravedad de sus heridas. La justicia gallega anuló el despido porque, dijo, precisar una larga curación no es motivo para despedir.

Finalmente, el asunto Laso ha terminado en acuerdo. Pero, de haber llegado a los tribunales, las posibles indemnizaciones para el exentrenador hubiesen sido cuantiosas de aceptar la tesis de la discriminación. “La nulidad conllevaría la readmisión en el puesto y el abono de todos los salarios dejados de percibir, así como una indemnización por los daños y perjuicios ocasionados que podría llegar hasta los 225.018 euros.

Con Información del País

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