Será delito fiscal evadir el Repse

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Con información de periódico Reforma y Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Las Secretarías de Hacienda y del Trabajo han lanzado una advertencia seria para las empresas que brinden servicios u obras sin tener su registro actualizado en el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (Repse). En este sentido, se impondrán sanciones por el delito de defraudación fiscal. Además, aquellos que contraten servicios especializados sin registro en el Repse no podrán deducir ni acreditar los pagos correspondientes.

La STPS y el SAT enfatizan la importancia de que tanto las personas físicas como las empresas que contraten servicios u obras especializadas se aseguren de hacerlo únicamente con compañías que estén debidamente registradas en el padrón del Repse. Asimismo, es necesario que el contrato de prestación de servicios u obras especializadas contemple el número de identificación de la actividad registrado por el proveedor y la cantidad aproximada de trabajadores involucrados en dichos servicios.

Según Germán de la Garza, socio de Deloitte, este momento marca el inicio de la implementación de sanciones para aquellas empresas que no cumplan con la reforma en subcontratación. El SAT está llevando a cabo revisiones exhaustivas para verificar la verdadera especialización de los servicios contratados. Además, la Secretaría del Trabajo ha intensificado sus inspecciones.

Héctor Márquez, director de la Asociación Mexicana de Empresas de Capital Humano (AMECH), ha resaltado que el comunicado del SAT insta a evitar prácticas fraudulentas, ya que algunas empresas estaban evadiendo impuestos al destinar una parte del salario de sus empleados a un fondo de retiro que quedaba exento de impuestos. Esta situación constituye una evasión fiscal y un perjuicio para el fisco.

La STPS y el SAT han reafirmado su compromiso con la correcta aplicación de las disposiciones fiscales, haciendo hincapié en la prohibición de la subcontratación de personal. De acuerdo con la reforma laboral de 2021, está prohibida la subcontratación de servicios u obras especializadas que no estén registradas en el Padrón Público de Contratistas de Servicios Especializados u Obras Especializadas (Repse), y quienes incumplan serán sancionados tanto desde el ámbito fiscal como laboral.

Las empresas o personas físicas que brinden servicios especializados sin contar con el registro en el Repse, así como aquellas que, a pesar de tenerlo, no cumplan con sus obligaciones fiscales, de seguridad social o con los requisitos de la Ley Federal del Trabajo, podrán ser sancionadas por el delito de defraudación fiscal. Por su parte, las empresas que contraten dichos servicios no podrán deducir ni acreditar los pagos correspondientes por las obras o servicios contratados.

 

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