Este sitio es el producto de un esfuerzo conjunto de colaboración entre las tres secciones. En él encontrará información sobre los procedimientos de solución de controversias, textos legales y decisiones e informes de los páneles relacionados con el TMEC.
El Secretariado es una organización única establecida de conformidad con el artículo 30.6 del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC). El Secretariado administra los mecanismos estipulados en el Tratado para resolver las controversias comerciales entre las industrias nacionales y/o los gobiernos de los países de una forma oportuna e imparcial.
Con el T-MEC, en cumplimiento de la obligación de las Partes (‘gobiernos del T-MEC ‘) de establecer oficinas nacionales permanentes en cada país, Canadá, Estados Unidos y México simplemente mantuvieron sus respectivas secciones nacionales del Secretariado. El Secretariado está conformado por:
- La Sección Canadiense, ubicada en Ottawa;
- La Sección Mexicana, que se encuentra en México, D.F.; y
- La Sección Estadounidense, que se encuentra en Washington, D.C.
Cada una de las Secciones Nacionales comparten el mismo mandato, realizan las mismas funciones, y son encabezadas por un Secretario fijado por su respectivo Gobierno. Las partes son responsables de los costos de operación de su respectiva Sección Nacional.

