Prohiben los non compete en USA

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Federal Trade Comission

La Comisión Federal de Comercio ha publicado hoy una norma definitiva para promover la competencia prohibiendo las cláusulas de no competencia en todo el país, protegiendo la libertad fundamental de los trabajadores para cambiar de empleo, aumentando la innovación y fomentando la creación de nuevas empresas.

«Las cláusulas de no competencia mantienen los salarios bajos, suprimen las nuevas ideas y roban dinamismo a la economía estadounidense, incluidas las más de 8.500 nuevas empresas que se crearían al año una vez prohibidas las cláusulas de no competencia», ha declarado Lina M. Khan, Presidenta de la FTC. «La norma final de la FTC para prohibir los pactos de no competencia garantizará que los estadounidenses tengan la libertad de buscar un nuevo trabajo, iniciar un nuevo negocio o llevar una nueva idea al mercado».

La FTC estima que la norma final que prohíbe los acuerdos de no competencia hará que la creación de nuevas empresas crezca un 2,7% al año, lo que se traducirá en la creación de más de 8.500 nuevas empresas cada año. Se espera que la norma final se traduzca en mayores ingresos para los trabajadores, con un aumento estimado de los ingresos para el trabajador medio de 524 dólares adicionales al año, y se espera que reduzca los costes de atención sanitaria en hasta 194.000 millones de dólares durante la próxima década. Además, se espera que la norma final ayude a impulsar la innovación, dando lugar a un aumento medio estimado de entre 17.000 y 29.000 patentes más cada año durante los próximos 10 años en virtud de la norma final.

Los pactos de no competencia son una práctica generalizada y a menudo explotadora que impone condiciones contractuales que impiden a los trabajadores aceptar un nuevo empleo o emprender un nuevo negocio. Los pactos de no competencia suelen obligar a los trabajadores a permanecer en un empleo que desean abandonar o a soportar otros perjuicios y costes importantes, como verse obligados a cambiar a un sector peor remunerado, a trasladarse, a abandonar la vida laboral o a defenderse de costosos litigios. Se calcula que 30 millones de trabajadores -casi uno de cada cinco estadounidenses- están sujetos a una cláusula de no competencia.

En virtud de la nueva norma de la FTC, los pactos de no competencia existentes para la gran mayoría de los trabajadores dejarán de ser aplicables después de la fecha de entrada en vigor de la norma. Los pactos de no competencia existentes para altos ejecutivos -que representan menos del 0,75% de los trabajadores- pueden seguir en vigor en virtud de la norma final de la FTC, pero se prohíbe a los empresarios suscribir o intentar aplicar cualquier nuevo pacto de no competencia, incluso si afecta a altos ejecutivos. Se exigirá a las empresas que notifiquen a los trabajadores que no sean altos ejecutivos vinculados por una cláusula de no competencia existente que no aplicarán ninguna cláusula de no competencia contra ellos.

En enero de 2023, la FTC publicó una propuesta de norma sujeta a un periodo de comentarios públicos de 90 días. La FTC recibió más de 26.000 comentarios sobre la norma propuesta, de los cuales más de 25.000 apoyaban la prohibición de los acuerdos de no competencia propuesta por la FTC. Los comentarios influyeron en el proceso de elaboración de la norma final de la FTC, que revisó cuidadosamente cada comentario e introdujo cambios en la norma propuesta en respuesta a las opiniones del público.
En la norma final, la Comisión ha determinado que es un método desleal de competencia, y por lo tanto una violación de la Sección 5 de la Ley de la FTC, que los empleadores celebren acuerdos de no competencia con los trabajadores y hagan cumplir determinados acuerdos de no competencia.
La Comisión concluyó que los pactos de no competencia tienden a afectar negativamente a las condiciones de competencia en los mercados de trabajo al inhibir el emparejamiento eficaz entre trabajadores y empresarios. La Comisión también constató que los acuerdos de no competencia tienden a afectar negativamente a las condiciones de competencia en los mercados de productos y servicios, inhibiendo la creación de nuevas empresas y la innovación. También hay pruebas de que los acuerdos de no competencia conducen a una mayor concentración del mercado y a precios más altos para los consumidores.

Alternativas a los pactos de no competencia
La Comisión constató que los empresarios disponen de varias alternativas a los pactos de no competencia que permiten a las empresas proteger sus inversiones sin tener que aplicar un pacto de no competencia.
Las leyes sobre secretos comerciales y los acuerdos de no divulgación (NDA) ofrecen a las empresas medios bien establecidos para proteger la información confidencial y de otro tipo. Los investigadores estiman que más del 95% de los trabajadores con un acuerdo de no competencia ya disponen de uno.

La Comisión también considera que, en lugar de utilizar los acuerdos de no competencia para inmovilizar a los trabajadores, los empresarios que deseen retener a sus empleados pueden competir en igualdad de condiciones por los servicios laborales del trabajador mejorando los salarios y las condiciones de trabajo.

Cambios con respecto a la NPRM
Con arreglo a la norma final, los pactos de no competencia existentes para altos ejecutivos pueden seguir en vigor. Sin embargo, se prohíbe a las empresas suscribir o aplicar nuevos pactos de no competencia con altos ejecutivos. La norma final define a los altos ejecutivos como trabajadores que ganan más de 151.164 dólares anuales y que ocupan puestos de responsabilidad política.
Además, la Comisión ha eliminado una disposición de la norma propuesta que habría obligado a los empresarios a modificar legalmente los pactos de no competencia existentes rescindiéndolos formalmente. Este cambio contribuirá a agilizar el cumplimiento.
En su lugar, con arreglo a la norma definitiva, los empresarios simplemente tendrán que notificar a los trabajadores vinculados a un acuerdo de no competencia existente que dicho acuerdo no se les aplicará en el futuro. Para ayudar a los empresarios a cumplir este requisito, la Comisión ha incluido en la norma final un modelo de texto que los empresarios pueden utilizar para comunicarlo a los trabajadores.

La votación de la Comisión para aprobar la publicación de la norma final fue de 3 a 2, con el voto en contra de los Comisarios Melissa Holyoak y Andrew N. Ferguson. Las declaraciones escritas de los Comisarios se publicarán más adelante.
La norma final entrará en vigor 120 días después de su publicación en el Registro Federal.

Una vez que la norma entre en vigor, los participantes en el mercado podrán comunicar a la Oficina de Competencia información sobre una presunta infracción de la norma enviando un correo electrónico a [email protected].

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