Reparto de utilidades como disparador de conflictos sindicales

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¿Crónica de una huelga anunciada?

A partir de la reforma laboral del 2019 y la posterior reforma a la Ley Federal del Trabajo en materia de subcontratación, ocurrida en el 2021, la ausencia o pago reducido en la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas (PTU) ha sido bandera sindical para que, a partir de ello los sindicatos obtengan afiliados o simpatizantes dispuestos incluso a efectuar paros ilegales en las empresas, emplazar a huelga por firma de contrato colectivo o incumplimiento del mismo.

Cada empleador o compañía es diferente, pero es posible identificar algunas prácticas que ayuden a evitar una crisis:

  • Si lo hay, involucrar al sindicato, desde el inicio del proceso de PTU.
  • Informar a los colaboradores a través de las áreas financieras y de RRHH, dando a conocer costos adicionales que impidieron repartir PTU (Préstamos, inversiones, calidad, equipos etc…) para una oportuna sensibilización.
  • En centros de trabajo con vida sindical activa diseñar una estrategia con el secretario general. El sindicato puede ayudar a contener.
  • Educar en el concepto de PTU, cómo se obtiene, qué afecta su cálculo, cómo se integra y se lee la carátula, etc.

Los empleadores están obligados a repartir el 10% de las utilidades netas declaradas ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) entre sus trabajadores. Este monto se divide en dos partes iguales:

  • Una mitad se distribuye equitativamente entre todos los empleados, considerando los días laborados durante el año.
  • La otra mitad se reparte en proporción al salario percibido por cada trabajador.

Desde la reforma laboral de 2021, se estableció un tope máximo para el PTU: no puede exceder de tres meses del salario del trabajador o el promedio de las utilidades recibidas en los últimos tres años, el que resulte más favorable para el empleado.

Las fechas límite para el pago de utilidades en 2025 son: Empresas (personas morales): hasta el 30 de mayo de 2025 y Personas físicas con actividad empresarial: hasta el 29 de junio de 2025.

Fotos: Quadrantin Veracruz

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Jorge SalesReparto de utilidades como disparador de conflictos sindicales