T-MEC – MLRR: Queja 28 Bader de México; León, Guanajuato

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Office of the United States Trade Representative

WASHINGTON – La Representante Comercial de Estados Unidos, Katherine Tai, anunció hoy que Estados Unidos ha pedido a México que revise si a los trabajadores de las instalaciones de Bader de México en la ciudad de León, en el estado de Guanajuato, México, se les está negando el derecho a la libertad de asociación y a la negociación colectiva. Estados Unidos ha suspendido la liquidación de las entradas no liquidadas de mercancías procedentes de la instalación, especializada en la fabricación de cuero de primera calidad para la industria del automóvil. La solicitud, que se hizo en respuesta a una petición, marca la vigésimo octava vez que Estados Unidos ha invocado formalmente el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida (RRM) en el Acuerdo Estados Unidos-México-Canadá (USMCA).

«Al iniciar el Mecanismo de Respuesta Rápida, nos mantenemos firmes en el apoyo a los derechos de los trabajadores a afiliarse al sindicato de su elección y participar en actividades sindicales sin enfrentarse a despidos, represalias o discriminación», dijo la embajadora Katherine Tai. «Estamos deseosos de seguir trabajando estrechamente con el Gobierno de México para abordar las continuas denegaciones de derechos en esta instalación».

«Estamos profundamente preocupados por los informes de acciones antisindicales en las instalaciones de Bader. Tal conducta es inaceptable y erosiona los derechos fundamentales de los trabajadores a la libertad de asociación y la negociación colectiva», dijo la Subsecretaria Adjunta para Asuntos Laborales Internacionales, Thea Lee. «El Mecanismo de Respuesta Rápida del USMCA y las reformas de la legislación laboral de México están diseñados para abordar este tipo de violaciones. Esperamos trabajar estrechamente con el gobierno mexicano para resolver estos problemas y reforzar los altos estándares laborales comprometidos bajo el USMCA.»

Antecedentes

El Representante Comercial de los Estados Unidos y el Secretario de Trabajo copresiden el Comité Laboral Interinstitucional de Vigilancia y Cumplimiento (ILC). El 15 de agosto de 2024, la CIT recibió una petición RRM de un trabajador despedido asociado al Sindicato Industrial de Trabajadores y Empleados del Calzado y Comercio del Estado de Guanajuato (SITECCC-CAT). En la petición se alegaba que Bader de México está violando los derechos de los trabajadores a la libertad sindical y a la negociación colectiva, entre otras cosas mediante la creación de un comité laboral controlado por la empresa y el despido de trabajadores por su actividad sindical. La petición también alegaba que los despidos y otras acciones coercitivas, incluyendo el acoso, la vigilancia y la intimidación de los trabajadores, constituyen una Denegación de Derechos en la instalación. La ILC revisa las peticiones RRM que recibe y la información que las acompaña, en un plazo de 30 días.

La CIT revisó la petición y la información pertinente y determinó que existen pruebas suficientes y creíbles de una denegación de derechos que permiten invocar de buena fe el Mecanismo de Respuesta Rápida del USMCA. Como resultado, el Representante Comercial de los Estados Unidos ha presentado una solicitud a México para que revise si a los trabajadores de Bader de México se les está negando el derecho a la libertad de asociación y a la negociación colectiva. México tiene 10 días para aceptar llevar a cabo una revisión y, si acepta, 45 días a partir de hoy para completar la revisión.

Fotos: El Economista, Kuali

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