Una persona impugnó la inconstitucionalidad del artículo 684-E fracción XIII de la Ley Federal del Trabajo, por considerar que viola los derechos laborales, al establecer que el convenio celebrado ante el Centro de Conciliación adquiere el carácter de cosa juzgada.
Obligatorio para todo México: Es constitucional que el Convenio celebrado ante el Centro de Conciliación revista el carácter de cosa juzgada
16 diciembre, 2024