
WASHINGTON – Estados Unidos y México anunciaron hoy la resolución exitosa del primer asunto del Mecanismo de Respuesta Laboral Rápida (MRR) específico de una instalación del USMCA en el sector de la fabricación de alimentos, en relación con la instalación de RV Fresh Foods en el estado de Michoacán, donde anteriormente se negó a los trabajadores su libertad de asociación y sus derechos de negociación colectiva. En abril de 2024, Estados Unidos y México acordaron un plan integral para abordar las violaciones laborales en la instalación. Ese plan ya se ha aplicado y se han restablecido los derechos de los trabajadores. Como resultado, la USTR ha ordenado a la Secretaría del Tesoro que reanude la liquidación de las entradas no liquidadas de mercancías procedentes de la instalación.
“La resolución de hoy es un ejemplo más de la importante contribución del RRM a la defensa de los derechos de los trabajadores y a la obtención de soluciones para los trabajadores cuando se violan sus derechos», declaró la Embajadora Katherine Tai. «Elogiamos al Gobierno de México por sus esfuerzos para abordar las denegaciones de derechos que se produjeron. Consideramos que las acciones tomadas para cumplir con este curso de remediación son un camino a seguir para que los trabajadores de la instalación puedan ejercer plenamente su libertad de asociación y sus derechos de negociación colectiva.”
“The U.S. and Mexican governments have again collaborated to establish a robust remediation plan to ensure that workers can exercise their rights to freedom of association and collective bargaining,” said Deputy Undersecretary for International Labor Affairs Thea Lee. “This collaboration under the USMCA’s Rapid Response Labor Mechanism has empowered workers at RV Fresh with vital information about their workplace rights and the company has made its neutrality stance clear and developed comprehensive guidelines and training materials. These efforts underscore the company’s commitment to fostering an equitable working environment for its employees.”
Actions taken by the facility to address the matter include:
- Distribuir copias impresas del convenio colectivo a todos los trabajadores;
- Aplicar su declaración de neutralidad y las directrices de la empresa sobre libertad de asociación y negociación colectiva, incluida una política de tolerancia cero para las infracciones, y comprometerse a impartir formación anual a todo el personal de la empresa sobre estos compromisos;
- Mantener en su sitio web las directrices de la empresa, la declaración de neutralidad, la política de tolerancia cero ante la violación de estas políticas y la información sobre cómo los trabajadores pueden presentar quejas ante el Gobierno de México en relación con la violación de sus derechos;
- Implementar los acuerdos alcanzados con el sindicato a través de sesiones de diálogo dirigidas por el Gobierno de México, incluyendo el seguimiento de un protocolo para el acceso del sindicato a las instalaciones y un acuerdo de que la empresa no realizará pagos al sindicato, a menos que dichos pagos sean cuotas sindicales recaudadas de los trabajadores de conformidad con los estatutos del sindicato; y
- Permitir la formación especializada en las instalaciones para los trabajadores, la dirección y los representantes sindicales sobre el papel de las organizaciones sindicales y la democracia sindical en el lugar de trabajo, tal y como establece la legislación laboral mexicana.
Las acciones emprendidas por el sindicato para abordar el asunto incluyen:
- Someter sus estatutos a la aprobación de las autoridades laborales mexicanas competentes y distribuir los estatutos a RV Fresh y a los trabajadores;
- Proporcionar el contrato colectivo vigente a las autoridades laborales mexicanas pertinentes para su revisión y registro; y
- Abstenerse de cometer actos de extorsión u obtener regalos de RV Fresh;
Las acciones tomadas por el Gobierno de México para abordar el asunto incluyen:
- Informar al personal de la empresa RV Fresh y a los representantes sindicales de los hallazgos de denegación de derechos en el informe de México, y de los requisitos establecidos en el Curso de Remediación;
- Supervisar las instalaciones y colaborar con el sindicato, la empresa y los trabajadores durante la aplicación de las medidas correctoras.
- Mantener una línea telefónica y/o una dirección directa de correo electrónico para que los trabajadores puedan denunciar de forma anónima cualquier intimidación, coacción o amenaza con respecto a su elección de un sindicato o a sus actividades sindicales, o la no neutralidad o interferencia en los asuntos internos del sindicato;
Antecedentes
El 17 de enero de 2024, el Representante Comercial de los Estados Unidos y el Secretario de Trabajo, que copresiden el Comité Laboral Interinstitucional de Vigilancia y Cumplimiento (ILC), recibieron una petición RRM del Sindicato Nacional de Trabajadores y Empleados de la Industria del Comercio, Alimenticia, Textil, Automotriz, Metalúrgica, Servicios y Distribución Generalísimo José María Morelos y Pavón, un sindicato mexicano, y la Confederación Central Nacional (COCENA), una confederación sindical mexicana. La petición alegaba que RV Fresh Foods cometió actos de interferencia del empleador en las actividades sindicales, incluyendo la restricción del acceso del sindicato a las instalaciones y la intervención en el proceso de elección de delegados sindicales.
El CIT determinó que existían pruebas suficientes y creíbles de una denegación de derechos que permitían invocar de buena fe los mecanismos de aplicación. Como resultado, el 16 de febrero de 2024, el Representante Comercial de los Estados Unidos presentó una solicitud a México para que éste llevara a cabo su propia revisión. México aceptó, y el 1 de abril de 2024, concluyó que existían negaciones continuas del derecho a la libertad de asociación y a la negociación colectiva en la instalación. El 19 de abril de 2024, Estados Unidos y México acordaron un curso de remediación para remediar las denegaciones de derechos.

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