
El Sexto Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales con sede en Naucalpan, Estado de México, ordenó al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) proporcionar asistencia médica a una mujer adulta mayor, con el fin de garantizarle el derecho humano a la salud.
Al resolver el Procedimiento Laboral 510/2023, el juez Cuauhtémoc Villela Bueno determinó otorgar la medida cautelar solicitada, principalmente para preservar las garantías fundamentales de la persona, ante la negativa del IMSS de entregar una pensión por viudez.
Villela Bueno consideró que existían las condiciones para brindar a la mujer dicha medida, toda vez que además de tener 79 años, padece enfermedades que pueden comprometer su salud.
Indicó que ante tal escenario también debe tenerse presente que en ese grupo poblacional se incrementa la necesidad de satisfacer el derecho a la seguridad social, principalmente por tratarse de un grupo vulnerable.
Antecedentes
Una mujer adulta mayor, solicitó el otorgamiento de atención médica integral, luego de que el IMSS le negó la entrega de una pensión que había buscado obtener mediante un juicio de amparo.
De manera particular, pidió ser declarada legítima beneficiaria de su esposo, bajo el carácter de una pensión de viudez, derivada de la cesantía en edad avanzada que el asegurado gozaba.
Sin embargo, el Instituto en escrito inicial, negó la pensión, debido a que en su sistema aparecía como esposa una tercera persona, la cual al ser emplazada manifestó no conocer a la parte actora ni a su esposo.
No obstante que el IMSS informó que desechó la petición porque no se desahogó en tiempo y forma el requerimiento de presentar el acta de divorcio o defunción de la primera esposa, el juez Cuauhtémoc Villela Bueno subrayó la necesidad de garantizar el derecho humano a la salud de la mujer, a través de la medida cautelar.
Fotos: Alfaro Noticias, Cuartoscuro
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