
De las senadoras Geovanna Bañuelos de la Torre, Lizeth Sánchez García, Yeidckol Polevnsky Gurwitz y Ana Karen Hernández Aceves, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, en la LXVI Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción 11 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción 11 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 8, numeral 1, fracción 1, 164, numeral 1, y 169 del Reglamento del Senado de la República, somete a la consideración de esta Honorable Asamblea, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción VIII del artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo, para garantizar el derecho al reparto de las utilidades de las empresas para las y los trabajadores, conforme a la siguiente
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La historia del derecho laboral es, en esencia, la historia de la humanidad en su búsqueda por el progreso, la libertad, la seguridad y, sobre todo, el bienestar. El trabajo, como actividad humana, constituye un hecho elemental de la vida misma; es indispensable para el desarrollo y el progreso de cualquier sociedad.
La legislación laboral es el resultado de la voz y la lucha de la clase trabajadora por conquistar derechos. Estas personas sufrieron en carne propia la explotación, el abuso y el hostigamiento de sus patrones. Así, nuestra Constitución fue la primera en el mundo en reconocer los derechos sociales.
El derecho al trabajo es un emblema de la Revolución Mexicana y la defensa de los derechos de la clase trabajadora es un compromiso perenne de los movimientos de izquierda, entre los cuales el Partido del Trabajo ocupa un lugar sustancial.
Desde su fundación, el Partido del Trabajo ha sostenido que el trabajo es la única fuente generadora de riqueza y el eje central de una sociedad justa y equitativa. Creemos en una visión del trabajo que no se limita a ser una mera herramienta de explotación, sino que es una actividad que promueve la autorrealización humana.
Como producto de la Revolución Mexicana, el 5 de febrero de 1917 se expidió la Constitución General, que sigue vigente hasta nuestros días. Esta Constitución es reconocida mundialmente por reivindicar una serie de derechos, principalmente sociales y económicos. Fue la primera en el mundo en incorporar ampliamente preceptos y derechos laborales, establecidos en el artículo 123, único dentro del Título Sexto, denominado “Del Trabajo y de la Previsión Social.”
Uno de los aspectos fundamentales del artículo es que reconoce en su preámbulo que “toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil.” Así, cualquier persona mayor de edad, en territorio nacional, puede ejercer este derecho en cualquier momento.
El artículo 123 se divide en dos apartados: el Apartado A regula las relaciones laborales contractuales entre privados, mientras que el Apartado B se enfoca en las relaciones laborales de las y los trabajadores al servicio del Estado mexicano. En la fracción IX del Apartado A del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se reconoce el derecho de las personas trabajadoras a participar en las utilidades de las empresas, señalando que una Comisión Nacional, integrada por representantes de los trabajadores, de los patrones y del gobierno, será la encargada de fijar el porcentaje de utilidades que debe repartirse.
El reparto de utilidades fue aprobado en el Congreso Constituyente el 23 de enero de 1917. Sin embargo, no fue reglamentado hasta el 20 de noviembre de 1962, cuando se publicó en el Diario Oficial de la Federación. Posteriormente, la Ley Federal del Trabajo se homologó para reflejar esta reforma constitucional.
De esta manera, el reparto de utilidades es un derecho constitucional que permite a las y los trabajadores recibir una parte de las ganancias obtenidas por una empresa o patrón a través de su actividad productiva o de los servicios que ofrece. Sin embargo, durante las más de tres décadas del periodo neoliberal en México, se implementaron políticas que precari2aron las condiciones laborales y provocaron la caída del salario real. Los gobiernos permitieron prácticas lesivas y simulaciones para extraer la plusvalía de las y los trabajadores a través de sueldos raquíticos y el no pago del reparto de utilidades…
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Fotos: El Economista, PT

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