La falta de firma de funcionarios en actas de audiencia, invalida todos los actos subsecuentes

Loading Agregar a favoritos

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determina que ante la falta de firma del presidente o del auxiliar, así como del secretario de Acuerdos que intervinieron en alguna de las etapas de la audiencia trifásica, la responsable debe dejar insubsistente el laudo reclamado y ordenar la reposición del procedimiento a partir de la fase de la audiencia trifásica en la que se cometió la violación, incluidas las subsecuentes actuaciones, para que posteriormente se continúe el cauce legal que corresponda.

Descargar Jurisprudencia

Loading Agregar a favoritos
Radar LaboralLa falta de firma de funcionarios en actas de audiencia, invalida todos los actos subsecuentes