La falta de firma en el acta no basta para conceder amparo

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Procedimiento laboral. Ante la violación consistente en la ausencia de firma del secretario de la junta o de alguno de los integrantes de ésta en una actuación, si la parte quejosa (principal o adhesiva) es el patrón, debe precisar la forma en que trascendió en su perjuicio al resultado del fallo.

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