Nuevo Criterio Obligatorio para todo México: Documentos que se deben acompañar a la Demanda de Pensión por Viudez.

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Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes sustentaron criterios contradictorios al analizar si cuando se demanda una pensión por viudez debe exhibirse la resolución de otorgamiento o, en su caso, la negativa de tal pensión. Mientras que uno sostuvo que dicha solicitud no puede ser exigible a quien se ostenta como beneficiaria, pues es evidente que no podía ser otorgada una pensión por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), sin tener previamente tal carácter, que es justamente para lo que se promovió el conflicto individual de seguridad social; el otro indicó que en cumplimiento al artículo referido, la persona accionante al acudir ante el órgano jurisdiccional debe exhibir esa constancia, o bien, la solicitud que contenga los datos de que fue recibida por el Instituto y pueda advertirse que éste no le dio respuesta, ya que se trata de un requisito propio y necesario para la procedencia de la acción.

Criterio jurídico: El Pleno Regional resolvió que, cuando se demande el otorgamiento de una pensión por viudez, es necesario exhibir la resolución de otorgamiento o negativa, o en su defecto, la solicitud correspondiente, cuando el IMSS no otorgue una respuesta en el plazo razonable de 3 meses.

Justificación: La Segunda Sala de la Suprema Corte, en las tesis de jurisprudencia 2a./J. 36/2023 (11a.) y 2a./J. 42/2023 (11a.), estableció que si el demandante omite presentar la constancia de otorgamiento o negativa de pensión a que se refiere el artículo 899-C, fracción VI, de la Ley Federal del Trabajo o, en su defecto, la solicitud de pensión respectiva, ello trae como consecuencia que no esté adecuadamente integrada la litis, lo que conduce a la improcedencia de la acción intentada.

No obstante que ese criterio tuvo origen en un juicio en el que se demandó una pensión por vejez, las razones que sostuvo la Segunda Sala son aplicables a los juicios en los que se demande una pensión por viudez.

Por lo tanto, cuando se demanda el otorgamiento de una pensión por viudez, es necesario acompañar la resolución de otorgamiento o negativa, o en su defecto, la solicitud respectiva, cuando el IMSS no otorga una respuesta en el plazo razonable de 3 meses.

Fotos: El Financiero, Pensión justa

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Rodrigo MoranNuevo Criterio Obligatorio para todo México: Documentos que se deben acompañar a la Demanda de Pensión por Viudez.